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Regular bien los bonos de carbono es la oportunidad para garantizar que este mercado ambiental no vaya en contravía de quienes por generaciones han cuidado los bosques en Colombia. | EFE y Juan José Restrepo

Por una regulación del mercado de bonos de carbono que no repita viejos errores

Presentamos comentarios al borrador del decreto que regularía el mercado de bonos de carbono en Colombia. Nuestro llamado: cumplir las decisiones judiciales y proteger a pueblos indígenas y comunidades de los territorios donde operan estos proyectos.

Por: Junio 5, 2026

Imagina que una compañía llega a tu territorio, promete cuidar el bosque y, a cambio, ofrece bonos de carbono a empresas contaminantes para entregarles certificados de bajas emisiones. Ni tú ni tu comunidad supieron exactamente qué se firmó ni por qué se negocia el territorio donde vives. La compañía, además, ocasionó disputas con tus vecinos y rompió la armonía comunitaria. 

Esto pasó en Colombia. Por eso, la Corte Constitucional, en su Sentencia T-248 de 2024, estudió el caso del territorio indígena del Pirá Paraná, en Vaupés, y decidió tutelar sus derechos colectivos. También ordenó al Estado colombiano reglamentar un mercado ambiental que operaba sin reglas, pasando por encima de pueblos indígenas y comunidades locales.

Por ello, en Colombia comenzó un proceso para regular el mercado de bonos de carbono, conocidos técnicamente como proyectos REDD+, por sus siglas en inglés para abreviar Reducing Emissions from Deforestation and forest Degradation. El Ministerio de Ambiente abrió una consulta pública sobre el borrador del decreto que cumplirá este objetivo. Creemos que es una oportunidad que no debe desperdiciarse.

Construir reglas de juego efectivas

Reconocemos que el borrador de decreto avanza en la consolidación de salvaguardas sociales y ambientales; sin embargo, tiene vacíos importantes que, a nuestro modo de ver, pueden corregirse para no dejar desprotegidas a los pueblos indígenas, comunidades afrodescendientes y campesinas que habitan los territorios donde estos proyectos operan.

Por eso, en medio del proceso de consulta pública de este proyecto, presentamos nuestros comentarios y destacamos, entre otros, tres vacíos en materia de derechos humanos que nos preocupan:

Primero: la debida diligencia recaería solo sobre un actor. El decreto solo exige debida diligencia para garantizar derechos humanos al «aliado técnico» (es decir, quien diseña y opera el proyecto). Pero el mercado involucra desarrolladores, certificadores, financiadores y compradores. Los riesgos para los derechos humanos pueden producirse en cualquier punto de esa cadena. Si solo un actor responde, los demás operan sin una responsabilidad clara.

Segundo: estándares sin definir ni autoridad que vigile. El decreto menciona «estándares de debida diligencia en derechos humanos», pero no precisa cuáles son ni quién los aprueba. Hay que tener en cuenta que los Principios Rectores de la ONU sobre Empresas y Derechos Humanos o las Directrices de la OCDE no son vinculantes para Colombia. El Acuerdo de Escazú, por otro lado, tiene dificultades para su implementación. Podrían ser estos instrumentos, pero, en la práctica, el cumplimiento queda a criterio del aliado técnico y de las certificadoras privadas, sin una autoridad que evalúe, apruebe o vigile.

Tercero: ninguna consecuencia clara ante una denuncia. El decreto no establece qué ocurre cuando una comunidad denuncia una violación. ¿Se suspende el proyecto? ¿Quién determina el incumplimiento y bajo qué procedimiento? ¿Qué medidas de reparación (individual y colectiva) pueden exigir las víctimas? Sin un régimen claro de consecuencias, las salvaguardas corren el riesgo de operar solo como un sistema de reporte, no como un mecanismo real de protección.

A estos tres vacíos se suman otras preocupaciones. El proyecto de decreto no aclara si «territorios indígenas» incluye los ancestrales, tradicionales, en procesos de ampliación, constitución, entre otros. Tampoco reconoce a comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras como titulares de iniciativas en sus territorios colectivos. El enfoque de género, ordenado por la Corte, no tiene desarrollo concreto. Y el decreto concentra en el Ministerio de Ambiente funciones de registro, seguimiento y verificación sin precisar con qué capacidades técnicas y presupuestales contará para aplicarlas eficazmente en las próximas   décadas.

Proteger los bosques sin descuidar a sus guardianes

Desde Dejusticia, la Fundación Gaia Amazonas y The Nature Conservancy Colombia presentamos estas observaciones. Pedimos que la debida diligencia en derechos humanos se aplique a toda la cadena: desarrolladores, certificadores, financiadores y compradores. Ya lo dijo la Corte Constitucional en la Sentencia T-248 de 2024: el Estado debe ejercer un control activo, no reactivo, durante todas las décadas que dure un proyecto de bonos de carbono.

Este mercado ambiental no puede seguir operando sin reglas claras. Desde Dejusticia seguiremos atentos al cumplimiento de las órdenes de la Corte. Regular bien los bonos de carbono es la oportunidad para garantizar que este negocio no vaya en contravía de quienes por generaciones han cuidado los bosques en Colombia.


Lea aquí nuestros comentarios al proyecto de decreto que regulará los proyectos de bonos de carbono en Colombia.

Lea aquí el proyecto para regular el mercado de bonos de carbono en Colombia.

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