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Columna

Ternas de mujeres para la Corte Constitucional

En mayo y junio vence el periodo de dos magistradas de la Corte Constitucional. Si las ternas para elegir su reemplazo se conforman solo de hombres, la presencia de mujeres caerá por debajo del 30 %. Sin justicia diversa no hay verdadera democracia. Por ello, dichas ternas deberían estar conformadas solo por mujeres.

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Columna

¿Corte a la reforma pensional?

Sería paradójico que la Corte tumbara la reforma pensional por una supuesta supresión del debate público en el Congreso, pero le negara al país la posibilidad de que hubiera una audiencia pública para debatir la constitucionalidad de esta reforma.

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Cuatro miradas sobre la Ley de Utilidad Pública

Dos mujeres liberadas, la directora de la organización Mujeres Libres y una investigadora de Dejusticia analizan los retos de la implementación de la Ley de Utilidad Pública, la primera política criminal con enfoque de género en Colombia.

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Crisis carcelaria: 10 años sin respuesta

En su informe #11, la Comisión de Seguimiento a la Vida en Prisión, que justo hoy cumple una década de trabajo, identificó tres problemas estructurales que impiden reducir el hacinamiento y mejorar las condiciones de vida en los establecimientos carcelarios.

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Alimentación digna en prisión: un derecho burlado

Desde Dejusticia queremos recordarles a las autoridades del Estado vinculadas a esta problemática que la alimentación, en condiciones acordes con la dignidad humana, es un derecho y no se encuentra suspendido en medio del régimen de privación de la libertad.

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Esfuerzos irracionales: Investigación penal del homicidio y otros delitos complejos

Los registros cuantitativos de la Fiscalía General de la Nación revelan que los esfuerzos de investigación son utilizados de manera irracional. La ausencia de una política de priorización estratégica —en contrapartida de una priorización escondida al arbitrio de los funcionarios que tramitan casos— impide que los esfuerzos de la política criminal se destinen a investigar lo más importante.

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Independencia judicial insuficiente, prisión preventiva deformada. Los casos de Argentina, Colombia, Ecuador y Perú

Más de dos décadas después de iniciadas las reformas penales en América Latina, la aplicación de la detención preventiva sigue generando fuertes tensiones, pues enfrenta la aplicación de principios del Estado Democrático y constitucional de derecho (tales como la presunción de inocencia, el plazo razonable del juicio, y la privación de la libertad como última ratio), de un lado, con la necesidad de contar con políticas eficaces para de seguridad ciudadana y sanción del delito, del otro. Dicho enfrentamiento es claro en los cuestionamientos de los medios de comunicación a la forma como los sistemas judiciales aplican esta figura, pues los mismos han entendido al garantismo como un sinónimo de impunidad, y endurecimiento de los regímenes de detención prisión preventiva como respuesta a los problemas de seguridad ciudadana. En ese contexto, la independencia de los funcionarios judiciales para decidir respecto de estas medidas termina siendo seriamente afectada.

En ese contexto, la Fundación para el Debido Proceso Legal –DPLF-, coordinó investigaciones simultáneas en cuatro países de la región (Argentina, Colombia, Ecuador y Perú) tendientes a reflexionar sobre dos problemáticas: 1. Una insuficiente independencia judicial frente a 2. La aplicación extendida de la prisión preventiva por razones no justificadamente cautelares. El libro que se presenta a continuación es el resultado de las investigaciones en cada uno de los cuatro países. Además de contar con un análisis basado en los estándares internacionales que configuran la prisión preventiva y que están incorporados en la mayoría de legislaciones nacionales, el libro cuenta con un análisis comparativo que estuvo a cargo del reconocido consultor Luis Pásara, quien condensa las tendencias comunes y formula propuestas para responder institucionalmente al problema en la región.

En el capítulo de Colombia, que estuvo a cargo de Dejusticia, partimos de la hipótesis de que los funcionarios judiciales son, en menor o mayor medida, vulnerables a presiones externas, legítimas e ilegítimas, que les dificultan interpretar y aplicar razonablemente la normatividad de la detención preventiva. Dichas presiones ocurren a través de diferentes vehículos (como por ej. los medios de comunicación o los procesos sancionatorios), y sumadas a la vulnerabilidad en la que se encuentran en ocasiones los funcionarios, llevan a que al menos en casos paradigmáticos los operadores judiciales –incluyendo a veces los de altos rangos-, desconozcan la excepcionalidad y carácter cautelar de la prisión preventiva.

Para ejemplificar esta situación nos basamos en el estudio que hicimos de la evolución de procesos judiciales de alta resonancia en los medios de comunicación, como los de las ejecuciones extrajudiciales, el caso del ex Alto Comisionado para la Paz Luis Carlos Restrepo, el Carrusel de la Contratación y el proceso del ex ministro de Agricultura Andrés Felipe Arias, entre otros. El capítulo termina con la presentación de conclusiones y recomendaciones de alternativas de política pública que podrían ser consideradas por la Fiscalía General de la Nación y el Consejo Superior de la Judicatura como forma de solventar la ausencia de mecanismos de protección para los funcionarios judiciales.

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Artículo de Litigio

Demanda contra la designación del doctor Francisco Javier Ricaurte Gómez como magistrado de Consejo Superior de la Judicatura por violación del artículo 126 de la Constitución.

Dejusticia demandó la elección del nuevo magistrado del Consejo Superior de la Judicatura porque algunos magistrados de la Corte Suprema de Justicia violaron el artículo 126 de la Constitución al nombrar en un cargo público a quien previamente había intervenido en su designación. En nuestro escrito sustentamos por que está conducta está prohibida por el artículo de la Constitución que busca erradicar el nepotismo y por qué debe declararse la nulidad de la elección.

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