{"id":26540,"date":"2009-10-31T00:00:00","date_gmt":"2009-10-31T05:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dejusticia.org\/conflict-between-the-supreme-court-and-the-disciplinary-chamber-of-the-judiciary-a-separate-clash\/"},"modified":"2009-10-31T00:00:00","modified_gmt":"2009-10-31T05:00:00","slug":"conflict-between-the-supreme-court-and-the-disciplinary-chamber-of-the-judiciary-a-separate-clash","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/develop.dejusticia.org\/en\/conflict-between-the-supreme-court-and-the-disciplinary-chamber-of-the-judiciary-a-separate-clash\/","title":{"rendered":"Conflict between the Supreme Court and the Disciplinary Chamber of the Judiciary, a separate clash"},"content":{"rendered":"<p>El conflicto tiene elementos nuevos y, parad\u00f3jicamente, la que puede salir fortalecida despu\u00e9s de todo es la Corte Constitucional.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>The conflict has new elements and, paradoxically, the Constitutional Court can emerge stronger after all. <\/p>\n<p>El reciente enfrentamiento entre la Corte Suprema de Justicia y la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura expresa en realidad dos disputas diferentes. Una corresponde al ya conocido &#8220;choque de trenes&#8221; entre las altas cortes por la tutela contra decisiones judiciales.<\/p>\n<p>A ese viejo debate se suman dos elementos nuevos: las investigaciones sobre la &#8216;parapol\u00edtica&#8217; y las sospechas de que la Sala Disciplinaria no es un tribunal independiente sino fuertemente influido por la coalici\u00f3n gubernamental. El \u00f3rgano que deber\u00eda resolver el l\u00edo es la Corte Constitucional, que se podr\u00eda ver fortalecida institucionalmente. Veamos esos embrollos.<\/p>\n<p>El viejo choque de trenes La disputa entre las cortes por la tutela contra sentencias lleva a\u00f1os. El origen del debate es que la Corte Suprema considera que sus sentencias son definitivas y no pueden ser revisadas por nadie, mientras que la Corte Constitucional argumenta que, en casos muy excepcionales, una eventual revisi\u00f3n por tutela es necesaria, porque los jueces pueden violar derechos fundamentales y debe existir un \u00f3rgano (la propia Corte Constitucional) que unifique la interpretaci\u00f3n de esos derechos.<\/p>\n<p>Seg\u00fan el decreto 1382 del 2000, la misma Corte Suprema deb\u00eda decidir las tutelas contra sus sentencias. As\u00ed, la Sala Penal estudiaba las tutelas contra las decisiones de la Laboral; la Laboral, las de la Civil; y la Civil, aquellas de la Penal. Y una vez decididas, las tutelas deb\u00edan ser enviadas a la Corte Constitucional para su eventual revisi\u00f3n.<\/p>\n<p>Pero la Corte Suprema se neg\u00f3 a tramitar las tutelas interpuestas contra sus sentencias, lo cual dejaba en el limbo a los peticionarios, cuyas solicitudes no eran siquiera estudiadas. Frente a esa situaci\u00f3n, la Corte Constitucional respondi\u00f3, en 2004 (autos 04 y 011), permitiendo que la Sala Disciplinaria estudiara las tutelas contra las decisiones de la Corte Suprema. Ese fue el momento m\u00e1s duro del enfrentamiento entre las cortes.<\/p>\n<p>Desde entonces, los \u00e1nimos hab\u00edan bajado y hubo acercamientos. Varias salas de la Corte Suprema empezaron a estudiar el fondo de las tutelas interpuestas contra las sentencias de ese tribunal. Por su parte, la Corte Constitucional modific\u00f3 su reglamento y se\u00f1al\u00f3 que las tutelas contra sentencias de la Corte Suprema o del Consejo de Estado ser\u00edan decididas por la Sala Plena, esto es, por los nueve magistrados y no por salas de tres, como se hab\u00eda hecho en el pasado. La Corte Constitucional enfatizaba as\u00ed que s\u00f3lo muy excepcionalmente dejar\u00eda sin efecto, por tutela, una decisi\u00f3n de la Corte Suprema.<\/p>\n<p>Pero la Sala Civil de la Corte Suprema sigue sin tramitar las tutelas contra las decisiones de la Sala Penal. Son justamente estas tutelas las que llegaron a la Sala Disciplinaria y que produjeron la actual controversia. Si la Sala Civil las hubiera tramitado, el asunto habr\u00eda sido decidido por la propia Corte Suprema, con la eventual revisi\u00f3n de la Corte Constitucional. En cierto sentido, la Corte Suprema ha sido v\u00edctima de esa negativa de su propia Sala Civil.<\/p>\n<p>Los nuevos elementos Ahora la cosa se complica por las investigaciones de la parapol\u00edtica y la recomposici\u00f3n de la sala disciplinaria.<\/p>\n<p>Las tutelas de la Sala Disciplinaria que han generado el actual enfrentamiento favorecen a miembros de la coalici\u00f3n del Gobierno o a procesados por la &#8216;parapol\u00edtica&#8217;.<\/p>\n<p>La primera orden\u00f3 modificar la sentencia de la Corte Suprema que hab\u00eda mencionado al ministro Diego Palacios como part\u00edcipe del delito de la &#8216;Yidispol\u00edtica&#8217;. La segunda anul\u00f3 el proceso que la Sala Penal segu\u00eda contra Iv\u00e1n D\u00edaz Mateus y orden\u00f3 su libertad. Y la \u00faltima, que dispar\u00f3 la pol\u00e9mica, revoc\u00f3 la condena de la Corte Suprema contra la representante a la C\u00e1mara Sandra Arabella Vel\u00e1squez y la dej\u00f3 en libertad.<\/p>\n<p>Es cierto que la Sala Disciplinaria ha proferido otras decisiones que niegan una tutela a acusados o condenados por la parapol\u00edtica, pero lo anterior no ha sido suficiente para frenar la especulaci\u00f3n sobre la cercan\u00eda de ese tribunal a la coalici\u00f3n de Gobierno.<\/p>\n<p>La Sala Disciplinaria est\u00e1 compuesta por magistrados que son nombrados por el Congreso de ternas del Presidente. Todos los magistrados actuales fueron recientemente elegidos y, seg\u00fan investigaciones acad\u00e9micas y period\u00edsticas, el principal criterio para seleccionarlos fue su adscripci\u00f3n partidista: cada partido de la coalici\u00f3n de Gobierno propuso una o dos ternas y el Presidente las acept\u00f3. As\u00ed, cada partido de la coalici\u00f3n parece tener a su magistrado en la Sala Disciplinaria. Adem\u00e1s, Noticias Uno ha se\u00f1alado que algunos de estos magistrados tienen v\u00ednculos con congresistas investigados penalmente o involucrados en la &#8216;parapol\u00edtica&#8217;.<\/p>\n<p>Esta sospecha de cercan\u00eda de la Sala Disciplinaria al Congreso que la eligi\u00f3 se ve reforzada por algunas declaraciones de sus magistrados. Por ejemplo, Ovidio Claros, presidente de la Sala, afirm\u00f3, el d\u00eda de su elecci\u00f3n. que \u00e9l siempre estar\u00eda &#8220;atento a lo que se diga en este Congreso&#8221; y concluy\u00f3: &#8220;Muchas gracias de verdad y los quiero mucho&#8221;.<\/p>\n<p>El futuro A\u00fan no hemos tenido acceso a varias de las tutelas proferidas por la Sala Disciplinaria. No podemos, entonces, afirmar si son o no adecuadas; pero, en todo caso, la Corte Constitucional puede (y obviamente deber\u00eda) revisar esas decisiones. Por ello, si ha habido una extralimitaci\u00f3n de la Sala Disciplinaria, la Corte Constitucional, que a pesar de su recomposici\u00f3n sigue mostrando notable independencia, puede atajar esos abusos y permitir que los procesos por la &#8216;parapol\u00edtica&#8217; sigan en buen curso.<\/p>\n<p>El posible ganador de esta contienda puede ser, entonces, parad\u00f3jicamente, alguien que por ahora no ha entrado a la confrontaci\u00f3n: la Corte Constitucional. Su papel como int\u00e9rprete \u00faltimo de los derechos fundamentales se puede ver consolidado.<\/p>\n","protected":false},"author":0,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[1022],"tags":[],"class_list":["post-26540","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-uncategorized","medium-el-tiempo-en","post-scope-aaa-not-blog"],"acf":[],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO Premium plugin v25.9 (Yoast SEO v25.9) - https:\/\/yoast.com\/wordpress\/plugins\/seo\/ -->\n<title>Conflict between the Supreme Court and the Disciplinary Chamber of the Judiciary, a separate clash - Dejusticia<\/title>\n<meta name=\"robots\" content=\"index, follow, max-snippet:-1, max-image-preview:large, max-video-preview:-1\" \/>\n<link rel=\"canonical\" href=\"https:\/\/develop.dejusticia.org\/en\/conflict-between-the-supreme-court-and-the-disciplinary-chamber-of-the-judiciary-a-separate-clash\/\" \/>\n<meta property=\"og:locale\" content=\"en_US\" \/>\n<meta property=\"og:type\" content=\"article\" \/>\n<meta property=\"og:title\" content=\"Conflict between the Supreme Court and the Disciplinary Chamber of the Judiciary, a separate clash\" \/>\n<meta property=\"og:description\" content=\"The conflict has new elements and, paradoxically, the Constitutional Court can emerge stronger after all.   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El origen del debate es que la Corte Suprema considera que sus sentencias son definitivas y no pueden ser revisadas por nadie, mientras que la Corte Constitucional argumenta que, en casos muy excepcionales, una eventual revisi\u00f3n por tutela es necesaria, porque los jueces pueden violar derechos fundamentales y debe existir un \u00f3rgano (la propia Corte Constitucional) que unifique la interpretaci\u00f3n de esos derechos.  Seg\u00fan el decreto 1382 del 2000, la misma Corte Suprema deb\u00eda decidir las tutelas contra sus sentencias. As\u00ed, la Sala Penal estudiaba las tutelas contra las decisiones de la Laboral; la Laboral, las de la Civil; y la Civil, aquellas de la Penal. Y una vez decididas, las tutelas deb\u00edan ser enviadas a la Corte Constitucional para su eventual revisi\u00f3n.  Pero la Corte Suprema se neg\u00f3 a tramitar las tutelas interpuestas contra sus sentencias, lo cual dejaba en el limbo a los peticionarios, cuyas solicitudes no eran siquiera estudiadas. 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Pero la Sala Civil de la Corte Suprema sigue sin tramitar las tutelas contra las decisiones de la Sala Penal. Son justamente estas tutelas las que llegaron a la Sala Disciplinaria y que produjeron la actual controversia. Si la Sala Civil las hubiera tramitado, el asunto habr\u00eda sido decidido por la propia Corte Suprema, con la eventual revisi\u00f3n de la Corte Constitucional. En cierto sentido, la Corte Suprema ha sido v\u00edctima de esa negativa de su propia Sala Civil.  Los nuevos elementos Ahora la cosa se complica por las investigaciones de la parapol\u00edtica y la recomposici\u00f3n de la sala disciplinaria.  Las tutelas de la Sala Disciplinaria que han generado el actual enfrentamiento favorecen a miembros de la coalici\u00f3n del Gobierno o a procesados por la &#039;parapol\u00edtica&#039;.  La primera orden\u00f3 modificar la sentencia de la Corte Suprema que hab\u00eda mencionado al ministro Diego Palacios como part\u00edcipe del delito de la &#039;Yidispol\u00edtica&#039;. La segunda anul\u00f3 el proceso que la Sala Penal segu\u00eda contra Iv\u00e1n D\u00edaz Mateus y orden\u00f3 su libertad. Y la \u00faltima, que dispar\u00f3 la pol\u00e9mica, revoc\u00f3 la condena de la Corte Suprema contra la representante a la C\u00e1mara Sandra Arabella Vel\u00e1squez y la dej\u00f3 en libertad.  Es cierto que la Sala Disciplinaria ha proferido otras decisiones que niegan una tutela a acusados o condenados por la parapol\u00edtica, pero lo anterior no ha sido suficiente para frenar la especulaci\u00f3n sobre la cercan\u00eda de ese tribunal a la coalici\u00f3n de Gobierno.  La Sala Disciplinaria est\u00e1 compuesta por magistrados que son nombrados por el Congreso de ternas del Presidente. 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El origen del debate es que la Corte Suprema considera que sus sentencias son definitivas y no pueden ser revisadas por nadie, mientras que la Corte Constitucional argumenta que, en casos muy excepcionales, una eventual revisi\u00f3n por tutela es necesaria, porque los jueces pueden violar derechos fundamentales y debe existir un \u00f3rgano (la propia Corte Constitucional) que unifique la interpretaci\u00f3n de esos derechos.  Seg\u00fan el decreto 1382 del 2000, la misma Corte Suprema deb\u00eda decidir las tutelas contra sus sentencias. As\u00ed, la Sala Penal estudiaba las tutelas contra las decisiones de la Laboral; la Laboral, las de la Civil; y la Civil, aquellas de la Penal. Y una vez decididas, las tutelas deb\u00edan ser enviadas a la Corte Constitucional para su eventual revisi\u00f3n.  Pero la Corte Suprema se neg\u00f3 a tramitar las tutelas interpuestas contra sus sentencias, lo cual dejaba en el limbo a los peticionarios, cuyas solicitudes no eran siquiera estudiadas. Frente a esa situaci\u00f3n, la Corte Constitucional respondi\u00f3, en 2004 (autos 04 y 011), permitiendo que la Sala Disciplinaria estudiara las tutelas contra las decisiones de la Corte Suprema. Ese fue el momento m\u00e1s duro del enfrentamiento entre las cortes.  Desde entonces, los \u00e1nimos hab\u00edan bajado y hubo acercamientos. Varias salas de la Corte Suprema empezaron a estudiar el fondo de las tutelas interpuestas contra las sentencias de ese tribunal. Por su parte, la Corte Constitucional modific\u00f3 su reglamento y se\u00f1al\u00f3 que las tutelas contra sentencias de la Corte Suprema o del Consejo de Estado ser\u00edan decididas por la Sala Plena, esto es, por los nueve magistrados y no por salas de tres, como se hab\u00eda hecho en el pasado. La Corte Constitucional enfatizaba as\u00ed que s\u00f3lo muy excepcionalmente dejar\u00eda sin efecto, por tutela, una decisi\u00f3n de la Corte Suprema.  Pero la Sala Civil de la Corte Suprema sigue sin tramitar las tutelas contra las decisiones de la Sala Penal. Son justamente estas tutelas las que llegaron a la Sala Disciplinaria y que produjeron la actual controversia. Si la Sala Civil las hubiera tramitado, el asunto habr\u00eda sido decidido por la propia Corte Suprema, con la eventual revisi\u00f3n de la Corte Constitucional. En cierto sentido, la Corte Suprema ha sido v\u00edctima de esa negativa de su propia Sala Civil.  Los nuevos elementos Ahora la cosa se complica por las investigaciones de la parapol\u00edtica y la recomposici\u00f3n de la sala disciplinaria.  Las tutelas de la Sala Disciplinaria que han generado el actual enfrentamiento favorecen a miembros de la coalici\u00f3n del Gobierno o a procesados por la 'parapol\u00edtica'.  La primera orden\u00f3 modificar la sentencia de la Corte Suprema que hab\u00eda mencionado al ministro Diego Palacios como part\u00edcipe del delito de la 'Yidispol\u00edtica'. 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Todos los magistrados actuales fueron recientemente elegidos y, seg\u00fan investigaciones acad\u00e9micas y period\u00edsticas, el principal criterio para seleccionarlos fue su adscripci\u00f3n partidista: cada partido de la coalici\u00f3n de Gobierno propuso una o dos ternas y el Presidente las acept\u00f3. As\u00ed, cada partido de la coalici\u00f3n parece tener a su magistrado en la Sala Disciplinaria. Adem\u00e1s, Noticias Uno ha se\u00f1alado que algunos de estos magistrados tienen v\u00ednculos con congresistas investigados penalmente o involucrados en la 'parapol\u00edtica'.  Esta sospecha de cercan\u00eda de la Sala Disciplinaria al Congreso que la eligi\u00f3 se ve reforzada por algunas declaraciones de sus magistrados. Por ejemplo, Ovidio Claros, presidente de la Sala, afirm\u00f3, el d\u00eda de su elecci\u00f3n. que \u00e9l siempre estar\u00eda \"atento a lo que se diga en este Congreso\" y concluy\u00f3: \"Muchas gracias de verdad y los quiero mucho\".  El futuro A\u00fan no hemos tenido acceso a varias de las tutelas proferidas por la Sala Disciplinaria. No podemos, entonces, afirmar si son o no adecuadas; pero, en todo caso, la Corte Constitucional puede (y obviamente deber\u00eda) revisar esas decisiones. Por ello, si ha habido una extralimitaci\u00f3n de la Sala Disciplinaria, la Corte Constitucional, que a pesar de su recomposici\u00f3n sigue mostrando notable independencia, puede atajar esos abusos y permitir que los procesos por la 'parapol\u00edtica' sigan en buen curso.  El posible ganador de esta contienda puede ser, entonces, parad\u00f3jicamente, alguien que por ahora no ha entrado a la confrontaci\u00f3n: la Corte Constitucional. Su papel como int\u00e9rprete \u00faltimo de los derechos fundamentales se puede ver consolidado.","og_url":"https:\/\/develop.dejusticia.org\/en\/conflict-between-the-supreme-court-and-the-disciplinary-chamber-of-the-judiciary-a-separate-clash\/","og_site_name":"Dejusticia","article_publisher":"https:\/\/www.facebook.com\/Dejusticia\/","article_published_time":"2009-10-31T05:00:00+00:00","twitter_card":"summary_large_image","twitter_creator":"@dejusticia","twitter_site":"@dejusticia","schema":{"@context":"https:\/\/schema.org","@graph":[{"@type":"NewsArticle","@id":"https:\/\/develop.dejusticia.org\/en\/conflict-between-the-supreme-court-and-the-disciplinary-chamber-of-the-judiciary-a-separate-clash\/#article","isPartOf":{"@id":"https:\/\/develop.dejusticia.org\/en\/conflict-between-the-supreme-court-and-the-disciplinary-chamber-of-the-judiciary-a-separate-clash\/"},"author":{"name":"","@id":""},"headline":"Conflict between the Supreme Court and the Disciplinary Chamber of the Judiciary, a separate clash","datePublished":"2009-10-31T05:00:00+00:00","mainEntityOfPage":{"@id":"https:\/\/develop.dejusticia.org\/en\/conflict-between-the-supreme-court-and-the-disciplinary-chamber-of-the-judiciary-a-separate-clash\/"},"wordCount":36,"publisher":{"@id":"https:\/\/develop.dejusticia.org\/#organization"},"inLanguage":"en","copyrightYear":"2009","copyrightHolder":{"@id":"https:\/\/develop.dejusticia.org\/#organization"}},{"@type":"WebPage","@id":"https:\/\/develop.dejusticia.org\/en\/conflict-between-the-supreme-court-and-the-disciplinary-chamber-of-the-judiciary-a-separate-clash\/","url":"https:\/\/develop.dejusticia.org\/en\/conflict-between-the-supreme-court-and-the-disciplinary-chamber-of-the-judiciary-a-separate-clash\/","name":"Conflict between the Supreme Court and the Disciplinary Chamber of the Judiciary, a separate clash - 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