
El representante Miguel Polo Polo deberá ofrecer disculpas públicas solemnes a las víctimas, reconociendo el valor simbólico, artístico y reparador de la obra que violentó. | EFE
La Corte Constitucional a Miguel Polo Polo: la memoria no se bota
Por: Diego Zambrano Benavides | Octubre 22, 2025
La Corte Constitucional emitió un fallo que ordena al representante a la Cámara Miguel Polo Polo reparar a las víctimas de los falsos positivos, tras violentar, en noviembre de 2024, una instalación artística que homenajeaba a sus familiares asesinados.
Todo comenzó cuando parte de la instalación “Mujeres con las botas bien puestas”, en un acto de negación del congresista, fue violentamente arrancada de su lugar y arrojada en bolsas de basura. Este hecho no fue solo un ataque a un objeto, sino un insulto a la memoria de las víctimas de ejecuciones extrajudiciales y desaparición —los llamados “falsos positivos”— que el ejército presentó como bajas en combate entre 2002 y 2008.
Un año después, luego de que se interpusieran acciones de tutela contra el congresista por este hecho, la Corte Constitucional ya tiene una respuesta. En su fallo, la Corte no solo protegió el derecho a la memoria de las víctimas, sino que ordenó acciones concretas de reparación. Desde Dejusticia, donde acompañamos este caso con una intervención, celebramos esta sentencia que reafirma que en Colombia negar el dolor de las víctimas no es libertad de expresión, es revictimización.
Las botas para la memoria
La instalación artística de MAFAPO (Asociación de Madres de Familia de Falsos Positivos) y la Fundación Rinconesarte Internacional no era una simple exposición. Era un acto de resistencia, un memorial portátil que convertía el dolor en un reclamo público de verdad y justicia. Cada par de botas representaba la ausencia de un ser querido, la impunidad de un crimen de Estado y la dignidad de quienes exigen que no se repita.
Por eso, cuando el representante Polo Polo las tomó y las despreció públicamente, su acto se convirtió en una vulneración inaceptable de los derechos de las víctimas por fuera de lo permitido en el debate democrático. Fue una agresión directa a la reparación simbólica que durante años han construido las víctimas. Su gesto buscó borrar, una vez más, sus historias. Pero la Corte Constitucional recordó que la memoria no se bota a la basura.
Lo que resolvió la Corte
- Devolver lo arrebatado: Polo Polo tiene 10 días para devolver las botas al colectivo MAFAPO o a la Fundación Rinconesarte Internacional. Si ya no las tiene, deberá informarlo a los jueces, quienes convocarán una mesa con las víctimas y entidades del Estado para concertar una forma de restitución simbólica que respete su significado.
- Disculpas públicas y permanentes: El congresista deberá publicar en sus redes sociales una disculpa en la que reconozca la legitimidad de la instalación, su origen como ejercicio de memoria y reconozca que faltó a la verdad al afirmar un supuesto pago a las madres. Este mensaje deberá permanecer fijo por al menos seis meses.
- Reinstalación y disculpa solemne: El Congreso de la República, en coordinación con MAFAPO, deberá reprogramar y reinstalar la exposición en el patio Rafael Núñez del Capitolio Nacional, garantizando su visibilidad y seguridad. En el marco de ese acto, Polo Polo deberá ofrecer disculpas públicas solemnes a las víctimas, reconociendo el valor simbólico, artístico y reparador de la obra. Tanto el acto como las disculpas serán transmitidos por las redes del congresista y las del Congreso.
El pasado 21 de octubre, el representante Miguel Polo Polo publicó este mensaje en sus redes sociales:
Sin embargo, en una entrevista con CAMBIO, desde MAFAPO afirmaron que este mensaje es insuficiente, que el congresista se lavó las manos y no pidió sinceras disculpas por sus actos. Además, indicaron que presentarán una nueva denuncia por injuria y calumnia para rechazar las acusaciones del congresista en su publicación.
¿Por qué la memoria es una forma de justicia?
Intervinimos en este caso porque creemos que la reparación simbólica es un elemento central en la satisfacción de los derechos de las víctimas. Le explicamos a la Corte que estas medidas, cuando son autogestionadas por las víctimas, les permiten comunicar su dolor, reafirmar su dignidad y tejer una memoria colectiva que nos ayuda, como sociedad, a entender lo que pasó para que no se repita.
Destacamos que el Estado no solo debe abstenerse de censurar estos actos, sino que tiene el deber constitucional de protegerlos. Cualquier ataque o destrucción de estas expresiones, sobre todo cuando proviene de servidores públicos, vulnera el derecho a la verdad, a la dignidad y a una reparación integral.
Celebramos que la Corte recogiera nuestros argumentos y subrayara que el arte y los símbolos son mecanismos para transformar el dolor en resistencia, dignidad y memoria. Como señalamos, estas expresiones amplifican el conocimiento de los hechos, volviéndolos públicos, y ayudan a construir una narrativa colectiva que es fundamental para la no repetición.
La memoria es un deber democrático
Este fallo sienta un precedente crucial. Afirma que en un Estado que pretende superar un conflicto armado, la memoria de las víctimas es un bien jurídico protegido. Las tensiones políticas y los debates ideológicos son legítimos, pero nunca pueden traducirse en actos de violencia simbólica, censura o negacionismo.
En Dejusticia, vemos esta sentencia como la reafirmación de que las víctimas, en este caso las mujeres de MAFAPO, tienen el derecho a recordar, a honrar a sus seres queridos y a exigir que su verdad ocupe el espacio público que merece. También, del deber del Estado de proteger esas expresiones como parte de la reparación y de la memoria individual y colectiva. La justicia, a veces, también se trata de devolver un par de botas a su lugar, porque en ese gesto, aparentemente pequeño, puede estar una de las claves para enfrentar el olvido.

