Cuando migrar se vuelve un crimen y las políticas de Trump quedan bajo la lupa del derecho internacional
Dejusticia Julio 8, 2025
Trump ha impulsado medidas sin precedentes para restringir y criminalizar la movilidad humana. Según el American Presidency Project, ha emitido 142 órdenes ejecutivas, memorandos y proclamaciones, al menos 40 de ellas sobre políticas migratorias. | EFE
En la actual administración de Donald Trump se han implementado medidas que no solo restringen el acceso a la protección internacional, sino que transforman la migración en una amenaza. Estas políticas vulneran el derecho internacional, afectan la región y debilitan el Estado de Derecho.![]()
En la actual administración de Donald Trump se han implementado medidas que no solo restringen el acceso a la protección internacional, sino que transforman la migración en una amenaza. Estas políticas vulneran el derecho internacional, afectan la región y debilitan el Estado de Derecho.![]()
La movilidad humana ha sido una constante en la historia: las personas han cruzado fronteras por supervivencia, protección o ejercicio de su libertad. Los derechos a salir de cualquier país, a buscar asilo y a no ser devuelto a un lugar donde se corra peligro están consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos (arts. 13.2 y 14.1), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art. 12.2) y la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados (art. 33.1) entre otros instrumentos. Aunque ningún tratado garantiza un derecho absoluto a ingresar libremente a otro Estado, los países tienen obligaciones jurídicas claras —derivadas de tratados y del derecho internacional consuetudinario— de respetar estos derechos fundamentales y garantizar mecanismos de protección.
Sin embargo, las recientes medidas migratorias impulsadas por el Gobierno de los Estados Unidos de América no solo restringen el acceso a dichas protecciones, sino que criminalizan la movilidad misma. En su afán por bloquear los flujos migratorios y detener lo que describe como una “invasión” a Estados Unidos, su administración vulnera el Estado de Derecho, incrementa los riesgos para quienes migran hacia este país y erosiona compromisos internacionales fundamentales.
La protección internacional de la movilidad humana
En América Latina, este compromiso se ha ampliado a través de la Declaración de Cartagena sobre Refugiados (1984), que reconoce como refugiadas a personas que huyen de violencia generalizada, conflictos internos, violaciones masivas de derechos humanos. A ello se suma el principio de no devolución, que prohíbe expulsar o devolver a una persona a un territorio donde su vida o su libertad estén en peligro, y que constituye una norma de carácter imperativo del derecho internacional. Aunque los Estados conservan la facultad soberana de regular el ingreso a su territorio, esta potestad debe ejercerse respetando plenamente estos principios. Cualquier política que los desconozca debilita el Estado de derecho y expone a las personas migrantes y refugiadas a violaciones graves de sus derechos.
Estos derechos han comenzado a ser erosionados por las órdenes ejecutivas de Donald Trump. Lejos de proteger a quienes buscan movilidad y refugio, estas medidas transforman la migración en un objeto de sospecha y castigo, niegan mecanismos básicos de protección y erosionan su dignidad humana.
Las medidas de la administración Trump que criminalizan la movilidad
Trump ha impulsado medidas sin precedentes para restringir y criminalizar la movilidad humana. Según el American Presidency Project, ha emitido 142 órdenes ejecutivas, memorandos y proclamaciones, al menos 40 de ellas sobre políticas migratorias. Estas medidas limitan las vías regulares de ingreso y vulneran principios fundamentales del derecho internacional, como el derecho a solicitar refugio y el principio de no devolución.
Entre ellas, la Orden Ejecutiva 14163 suspende el Programa de Admisión de Refugiados, dejando sin protección a miles de personas en proceso de reasentamiento. La Orden Ejecutiva 14165 — “Protegiendo nuestras fronteras”— restablece el programa “Quédate en México” y elimina el Parole humanitario para nacionales de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela, reduciendo drásticamente las rutas regulares de ingreso. Además, el 5 de febrero de 2025, se canceló el Estatus de Protección Temporal (TPS) para personas venezolanas, un programa que otorgaba protección contra la deportación y permiso de trabajo a quienes no podían regresar de manera segura a su país. Estos retrocesos agravan la incertidumbre jurídica y humanitaria de miles de personas, incluso con arraigo prolongado en EE. UU.
La misma Orden 14165 ordena establecer mecanismos de cooperación internacional orientados a negociar nuevos acuerdos de “tercer país seguro” con gobiernos latinoamericanos, para que acepten deportaciones de personas de terceros países que deberían buscar refugio en el sistema del país receptor. Esta externalización de la responsabilidad de protección no es nueva: durante su primer mandato, Trump impulsó acuerdos similares con Guatemala, Honduras y El Salvador. Hoy la estrategia se profundiza mediante el financiamiento de deportaciones desde Panamá, extendiendo el control migratorio más allá de sus fronteras mediante acuerdos bilaterales muchas veces opacos. En paralelo, un memorando del Departamento de Justicia propone aplicar la Ley de Enemigos Extranjeros de 1798 para justificar deportaciones masivas de venezolanos, reviviendo herramientas incompatibles con el principio de legalidad, el debido proceso y la prohibición de la discriminación. Así, el aparato legal no solo restringe derechos dentro de Estados Unidos, sino que se convierte en una herramienta de contención regional que socava derechos fundamentales en todo el continente.
Impacto en América Latina: negación de derechos y aumento de riesgos
El endurecimiento de las políticas migratorias ha afectado profundamente a las personas migrantes en tránsito hacia Estados Unidos y ha tenido repercusiones directas en la región. La externalización de responsabilidades de protección, mediante acuerdos como el de “tercer país seguro” o el financiamiento de deportaciones desde países como Panamá, está transformando las rutas migratorias. Ante el cierre de vías regulares y la eliminación de alternativas como los programas de parole o reasentamiento, muchas personas enfrentan hoy un dilema: arriesgarse por rutas más peligrosas —como la región del Darién— o quedarse en condiciones precarias en países de tránsito o retorno. Esta contención, violatoria de derechos, es presentada por algunos gobiernos como prueba de éxito en el control migratorio, invisibilizando sus costos humanos.
El impacto también se extiende a las personas deportadas que enfrentan vulnerabilidad extrema en sus países de origen, incluyendo violencia estructural, pobreza o falta de acceso a derechos básicos. En algunos casos, como el de personas con estatus regular deportadas a El Salvador, el retorno ha derivado en encarcelamientos arbitrarios y separaciones familiares irreversibles Esto evidenciando solo los daños irreparables de retornos sin garantías, sino también la falta de mecanismos eficaces de rendición de cuentas frente a estas violaciones.
Estas prácticas contravienen obligaciones jurídicas asumidas por los Estados latinoamericanos. Al aceptar presiones externas que limitan el acceso al refugio o favorecen devoluciones colectivas, se vulnera el derecho a solicitar protección internacional, el principio de no devolución y la prohibición de expulsiones arbitrarias, recogidos en instrumentos como la Declaración de Cartagena, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados.
El desmantelamiento de iniciativas como el Programa de Movilidad Segura consolida un enfoque de control por encima de la protección. Aunque este programa funcionaba bajo lógicas de externalización y selección restrictiva, ofrecían al menos un canal institucional para algunas personas. Su cierre deja aún menos opciones para quienes necesitan protección internacional.
Migrar es un derecho, no un delito
Criminalizar la movilidad humana no resuelve los desafíos de la región: solo incrementa la violencia, empuja a rutas más peligrosas y debilita el acceso a derechos y a mecanismos de protección. Al centrarse exclusivamente en la contención, los Estados descuidan las causas estructurales que motivan la migración —como la desigualdad, las crisis democráticas y la fragilidad institucional—, y su responsabilidad en prevenirlas. Al mismo tiempo, los países de acogida desatienden estos contextos y limitan los mecanismos de regularización y protección.
Frente a esta realidad, América Latina debe rechazar activamente la exportación de políticas que criminalizan la movilidad, no solo desde el discurso, sino también mediante acciones concretas: evitando replicar marcos normativos punitivos, cuestionando acuerdos que externalizan el control fronterizo y fortaleciendo mecanismos regionales de protección, como la Declaración de Cartagena. Países como Colombia, Argentina o Brasil, pese a sus contradicciones internas, han promovido en algunos momentos marcos más abiertos al reconocimiento de estatus y derechos, mostrando que es posible construir alternativas desde el Sur Global basadas en la cooperación, la integración y la defensa irrestricta de los derechos humanos.
