Unas reglas mínimas de juego para los gigantes tecnológicos
Dejusticia Agosto 4, 2026
El problema es que al menos dos de los cambios sugeridos por la Corte Suprema de Justicia son negativos porque desnaturalizan la Jurisdicción Agraria. |
Hoy, la Corte Constitucional tiene una oportunidad de oro para pronunciarse sobre este y otros temas de relevancia constitucional.![]()
Hoy, la Corte Constitucional tiene una oportunidad de oro para pronunciarse sobre este y otros temas de relevancia constitucional.![]()
Pedir a las Big Tech como Google, Meta o TikTok que cumplan con nuestra normativa cuando recogen nuestros datos personales y los usan debería ser una tarea sencilla. Sin embargo, la experiencia nos ha demostrado lo contrario. Cuando la Delegatura de Protección de Datos de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ha investigado sobre su observancia de la ley colombiana y las ha invitado a cumplir con lo que todavía no hacen –así sea con tareas sencillas como informar al titular de los datos sobre para qué se recoge y cómo se usa su información–, estas niegan a que la SIC tenga competencia sobre ellas o que la ley colombiana les aplique. Según su criterio, el tratamiento de datos personales no ocurre en Colombia. Hoy, la Corte Constitucional tiene una oportunidad de oro para pronunciarse sobre este y otros temas de relevancia constitucional.
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En efecto, magistrados de la Corte Constitucional, la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación pueden insistir en la selección de un caso que ha llegado a su despacho, en el que están en juego, por lo menos, tres valores fundamentales: el respeto por la jurisdicción colombiana, la garantía del derecho de petición y la protección de los datos personales de adultos y menores de edad. El caso del que hablo es una tutela iniciada por ciudadanas y miembros de la sociedad civil en contra de Google. ¿Qué es lo que está en juego?
Primero, el reconocimiento de que la ley de protección de datos personales es aplicable a empresas tecnológicas que, aunque domiciliadas en el extranjero, extraen datos personales de colombianos y de sus dispositivos ubicados en nuestro territorio. Es esencial que la Corte Constitucional ratifique que, tal como lo establece la Ley 1581 de 2012, lo relevante es dónde sucede el tratamiento de los datos personales y que, actualmente, existen tecnologías digitales que permiten a estas empresas recolectar datos en Colombia.
Segundo, la posibilidad de que como colombianos podamos elevar consultas a quienes tratan nuestros datos personales. Otro de los asuntos en cuestión es la posibilidad de formular derechos de petición a empresas multinacionales que tratan nuestros datos, pero que no nos ofrecen canales accesibles para contactarlas y hacer consultas. Cualquiera que intente obtener información sobre la manera en que Google usa sus datos se encontrará con distintas barreras. Primero, si se acercan a Google Colombia, les dirán que no tiene nada que ver con Google LLC. Luego, si se acercan a Google LLC tendrán que asumir costos de envío certificado a EE UU, sin que eso asegure que les van a responder como se debe. Ese fue precisamente nuestro caso. Por eso, esta es la oportunidad para que la Corte establezca lineamientos claros sobre cómo acceder a información personal nuestra que reposa en servidores extranjeros.
Tercero, la garantía del derecho a la protección de los datos personales. Por excelencia este derecho se garantiza con los derechos ARCO: Acceso, rectificación, cancelación y oposición. Esto se resume en saber qué datos se recogen sobre nosotros, poder corregirlos en caso de error, pedir que se elimine nuestra información de su base de datos cuando queramos u oponernos a su recolección. Sin embargo, ¿cómo podemos ejercer esos derechos o los de los menores de edad cuando las Big Tech no facilitan nuestras consultas y se rehúsan a responder ante nuestras autoridades?
Es claro que todos queremos seguir usando los servicios que Google nos ofrece, pues esto nos permite comunicarnos e informarnos. Lo único que pedimos es que se cumplan unas reglas mínimas de juego que fueron diseñadas para proteger los datos personales de todos como colombianos. Ojalá la Corte revise este caso y aproveche esta oportunidad.
